ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO - IV CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL (SAN MARTÍN DE LOS ANDES)

 

 

ESCALAFÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO 

 

Aprobado por Acuerdo N° 6348, Punto 8 - 21 de Febrero de 2024

 

 

 

 

Se recuerdan los siguientes puntos de las Bases y Condiciones del concurso:

 

7. Pertenecer a un orden de mérito no implica el ingreso inmediato al PJN. Los ingresos se realizarán en forma paulatina, dentro de la vigencia de tres (3) años, en función de las necesidades de personal y lo que determine el Tribunal Superior de Justicia. El ingreso será para la Circunscripción/Localidad en la que se inscribió y no habrá posibilidad de traslados a otra Circunscripción/Localidad.

 

4.3.3. Si durante el proceso del concurso, o una vez finalizado el mismo, se identifica que algún/a participante no cumple con los requisitos de ingreso y/o con la documentación necesaria para acreditar los mismos, será automáticamente excluido/a del proceso y/u orden de mérito.

 

 

 

N° ORDEN DNI NOTA FINAL SITUACIÓN
1 36489724 9,750 Ingresó en el Equipo Interdisciplinario del Fuero de Familia San Martín de los Andes, el 12/09/24
2 31349821 9,750 Ingresó en el Servicio de Orientación Jurídica de San Martín de los Andes, el 02/12/24 
3 27327323 9,250 Apto 
4 23400426 9,250 Apto
5 28867819 9,125 Apto
6 42920068 9,000 Apto
7 35107848 9,000  
8 30771062 8,875  
9 36910090 8,813  
10 36945233 8,813  
11 32813333 8,750  
12 25374244 8,688  
13 37412096 8,500  
14 39083981 8,375  
15 36816597 8,375  

 

 

 Fecha publicación: 03/05/24

Actualización: 27/03/25

ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO - IV CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL (JUNÍN DE LOS ANDES)

 

 

ESCALAFÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO 

 

Aprobado por Acuerdo N° 6348, Punto 8 - 21 de Febrero de 2024

 

 

 

 

Se recuerdan los siguientes puntos de las Bases y Condiciones del concurso:

 

7. Pertenecer a un orden de mérito no implica el ingreso inmediato al PJN. Los ingresos se realizarán en forma paulatina, dentro de la vigencia de tres (3) años, en función de las necesidades de personal y lo que determine el Tribunal Superior de Justicia. El ingreso será para la Circunscripción/Localidad en la que se inscribió y no habrá posibilidad de traslados a otra Circunscripción/Localidad.

 

4.3.3. Si durante el proceso del concurso, o una vez finalizado el mismo, se identifica que algún/a participante no cumple con los requisitos de ingreso y/o con la documentación necesaria para acreditar los mismos, será automáticamente excluido/a del proceso y/u orden de mérito.

 

N° ORDEN DNI NOTA FINAL SITUACIÓN
1 30557762 9,875 Ingresó en el Equipo Interdisciplinario del Fuero de Familia Junín de los Andes, el 12/09/24
2 28111954 9,875 Ingresó en el Juzgado Civil Comercial, Laboral y de Minería N° 2 de Junín de los Andes, el 13/09/24
3 35557147 9,625 Ingresó en el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia de Junín de los Andes, el 21/10/24 
4 (...) 9,625 No apto
5 28851148 9,500 Ingresó en la Defensoría Pública Civil N° 2 de Junín de los Andes, el 02/12/24
6 37946027 9,375 Ingresó en el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia de Junín de los Andes, el 15/09/25
7 26519005 9,375 Apto
8 34321162 9,375  
9 38584043 9,250  
10 29191302 9,250  
11 25036946 9,250  
12 31731696 9,250  
13 33837364 9,250  
14 39880610 9,125  
15 31930014 9,000  

 

 

 Fecha publicación: 03/05/24

Actualización: 15/09/25

ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO - IV CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL (VILLA LA ANGOSTURA)

 

ESCALAFÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO 

 

Aprobado por Acuerdo N° 6348, Punto 8 - 21 de Febrero de 2024

 

 

 

 

Se recuerdan los siguientes puntos de las Bases y Condiciones del concurso:

 

7. Pertenecer a un orden de mérito no implica el ingreso inmediato al PJN. Los ingresos se realizarán en forma paulatina, dentro de la vigencia de tres (3) años, en función de las necesidades de personal y lo que determine el Tribunal Superior de Justicia. El ingreso será para la Circunscripción/Localidad en la que se inscribió y no habrá posibilidad de traslados a otra Circunscripción/Localidad.

 

4.3.3. Si durante el proceso del concurso, o una vez finalizado el mismo, se identifica que algún/a participante no cumple con los requisitos de ingreso y/o con la documentación necesaria para acreditar los mismos, será automáticamente excluido/a del proceso y/u orden de mérito.

 

 

 

N° ORDEN DNI NOTA FINAL SITUACIÓN

1

30557001

9,875

Ingresó en la Unidad de Atención de la Oficina de Violencia Villa La Angostura, el 12/09/24

2

41385755

9,750

Ingresó la Secretaría de Violencia del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia de Villa La Angostura, el 12/09/24

 

3

 

38206221

 

9,625

Ingresó en la Oficina de Atención al Público y Asignación de Casos, del Ministerio Público Fiscal, de Villa La Angostura, el 14/10/24 
4 32555508 9,500 Ingresó en la Oficina Judicial Penal de Villa La Angostura, el 15/09/25
5 36212833 9,250 Ingresó en la Red de Justicia y Acceso Comunitario de Villa La Angostura, el 9/12/25
6 37895338 9,125 Apto
7 35312529 9,125  
8 30138583 9,000  
9 39882253 9,000  
10 36434260 9,000  
11 28361760 8,875  
12 28516397 8,875  
13 34665196 8,750  
14 29150074 8,500  
15 43900615 8,000  

 

 

 Fecha publicación: 3/05/24

Actualización: 11/12/25

ORDEN DE MÉRITO DEFINITIVO - V CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL (CHOS MALAL)

 

 

ESCALAFÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO 

 

Aprobado por Acuerdo N° 6348, Punto 8 - 21 de Febrero de 2024

 

 

 

 

Se recuerdan los siguientes puntos de las Bases y Condiciones del concurso:

 

7. Pertenecer a un orden de mérito no implica el ingreso inmediato al PJN. Los ingresos se realizarán en forma paulatina, dentro de la vigencia de tres (3) años, en función de las necesidades de personal y lo que determine el Tribunal Superior de Justicia. El ingreso será para la Circunscripción/Localidad en la que se inscribió y no habrá posibilidad de traslados a otra Circunscripción/Localidad.

 

4.3.3. Si durante el proceso del concurso, o una vez finalizado el mismo, se identifica que algún/a participante no cumple con los requisitos de ingreso y/o con la documentación necesaria para acreditar los mismos, será automáticamente excluido/a del proceso y/u orden de mérito.

 

 

N° ORDEN DNI NOTA FINAL SITUACIÓN
1 32694986 9,375 Ingresó en la Unidad de Atención de la Oficina de Violencia de Chos Malal, el 12/09/24 
2 40295045 9,375 Ingresó en el Juzgado Civil, Comercial y de Minería de Chos Malal, el 12/09/24
3 94294158 9,313 Ingresó en la Defensoría Pública Civil N° 2 de Chos Malal, el 15/09/25
4 31086063 9,250 Ingresó en el Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Chos Malal, el 01/10/25
5 31704880 9,063 Alcanzado por Decreto N° DECRE-2025-202, Inc. 1°)
6 39522626 9,000 Apto
7 37452516 9,000 Apto
8 22236769 8,875 Apto
9 29706074 8,813  
10 41347610 8,813  
11 35835474 8,750  
12 36110188 8,750  
13 36152013 8,625  
14 39882302 8,500  
15 33870918 8,375  
16 33162351 8,125  
17 30387953 7,875 Alcanzado por Decreto N° DECRE-2025-202, Inc. 1°)
18 33966437 7,813  
19 34612738 7,625  
20 34882638 9,000 Sujeto a Resolución N° 8293-24 

 

 

 

  Fecha publicación: 03/05/24

Actualización: 01/10/25

 

 

 

 

ESCALAFÓN PERSONAL ADMINISTRATIVO  

ORDENES DE MÉRITO 

 

Aprobado por Acuerdo N° 6478, Punto 15 - 4 de junio de 2025 

 

 

Se recuerdan los siguientes puntos de las Bases y Condiciones del concurso: 

7. Pertenecer a un orden de mérito no implica el ingreso inmediato al PJN. Los ingresos se realizarán en forma paulatina, dentro de la vigencia de tres (3) años, en función de las necesidades de personal y lo que determine el Tribunal Superior de Justicia.

4.3.3. Si durante el proceso del concurso, o una vez finalizado el mismo, se identifica que algún/a participante no cumple con los requisitos de ingreso y/o con la documentación necesaria para acreditar los mismos, será automáticamente excluido/a del proceso y/u orden de mérito.

 

 BUTA RANQUIL 

N° Orden DNI Nota Final  Observaciones
1 38474155 9,625  
2 31023549 9,125  
3 36110188 8,750  
4 36693188 7,688  

 

 

LAS LAJAS

N° Orden DNI Nota Final  Observaciones
1 38474155 9,625  
2 31086063 9,250  
3 31023549 9,125  
4 39882253 9,000  
5 36669285 8,875  
6 36110188 8,750  
7 33615675 8,563  
8 37857171 8,000  
9 38493411 7,813  
10 36693188 7,688  
11 35493438 7,625  

 

PIEDRA DEL ÁGUILA

N° Orden DNI Nota Final  Observaciones
1 40421678 9,625  
2 32684373 9,500  
3 31023549 9,125  
4 32284752 9,125  
5 32699484 9,000  
6 36669285 8,875  
7 36693188 7,688  
8 35493438 7,625  

 

 

 

 

 Fecha publicación: 25/07/25

ORDEN DE MÉRITO - V CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

 

ESCALAFÓN DE ORDENANZAS

 

- Dispuesto por Acuerdo N° 5196, Punto 17 - 10 de septiembre de 2014- 

- Prorrogado por dos (2) años hasta el 23/11/2018 por Acuerdo N° 5571, Punto 10 - 23 de Noviembre de 2016-

 - Prorrogado por dos (2) años hasta el 24/11/2020 por Acuerdo N° 5764, Punto 16 - 14 de Noviembre de 2018-

- Prorrogado por dos (2) años hasta el 24/11/2022 por Acuerdo N° 6042, Punto 9 - 12 de Mayo de 2021-

Prorrogado hasta el 16/07/2023 por Decreto N° 39/23

 

ORDEN DNI ESCRITO ORAL FINAL SITUACIÓN
1 26148870 9,00 10,00 9,5 Ingresó el 4/4/16 en el OM de Ingresantes Administrativos en la II CJ 
2 27979855 9,00 10,00 9,5 Ingresó el 26/09/16 en la Defensoría de los Derechos del Niño 
3 21569403 9,00 9,00 9 Ingresó el 26/09/16 en la Unidad Fiscal Única 
4 29736069 9,00 9,00 9 Ingresó el 30/10/17 en el Juzgado Civil
5 24777510 9,00 9,00 9 Ingresó el 04/02/19 en la Oficina Judicial Civil de la I CJ (**)
6 31704880 8,00 10,00 9 Ingresó el 01/07/19 en la Defensoría de los Derechos del Niño
7 37757934 8,00 10,00 9 Ingresó el 14/08/19 en la Unidad de Atención de la Oficina de Violencia
8 (…) 8,00 10,00 9 No Apto
9 34293491 8,00 10,00 9 Ingresó el 19/02/18 en RDLS (*)
10 34658948 8,00 10,00 9 Ingresó el 06/04/17 en el OM de Ingresantes Administrativos en RDLS
11 26497521 8,00 9,00 8,5 Ingresó el 14/02/18 como chofer en la IV CJ (*)
12 30387953 8,00 9,00 8,5 Ingresó el 02/05/18 como chofer en la IV CJ (*)
13 35240371 8,00 9,00 8,5 Ingresó el 22/11/18 como chofer en la IV CJ (*)
14 33291562 8,00 9,00 8,5  
15 29659274 8,00 9,00 8,5  Ingresó el 05/09/22 como chofer en la Unidad de Atención de la Oficina de Violencia V Circunscripción Judicial

-Actualizado al  21 de junio de 2023- 

 

(*) Se deja constancia, que desde la Dirección de Gestión Humana, se efectuó la consulta formal mediante correo electrónico a todos los postulantes del Orden de Mérito del llamado a Concurso Externo de Ordenanzas, correspondiente a la I, II, III, IV y V Circunscripción Judicial, sobre la disponibilidad de trasladarse e ingresar en los organismos de Rincón de los Sauces; y en IV Circunscripción Judicial, para cumplir la doble función de ordenanza y chofer, donde existen necesidades de servicio. Que en relación al orden de mérito de la V Circunscripción Judicial, de los consultados -siempre siguiendo el orden de mérito-, la postulante que se encuentra N° 9 en el listado, manifestó tener disponibilidad e interés para trasladarse e ingresar en la ciudad de Rincón de los Sauces (perteneciente a la I Circunscripción Judicial), y los postulantes que se encuentran n° 11, 12 y 13 en el listado, manifestaron tener interés y disponibilidad para trasladarse e ingresar en la IV Circunscripción Judicial.

(**) Se deja constancia, que desde la Dirección de Gestión Humana, se efectuó la consulta formal mediante correo electrónico a todos los postulantes del Orden de Mérito del llamado a Concurso Externo de Ordenanzas, correspondiente a la II, III, IV y V Circunscripción Judicial, sobre la disponibilidad de trasladarse e ingresar en los organismos de la I Circunscripción Judicial, para cumplir la doble función de ordenanza donde existen necesidades de servicio. Que en relación al orden de mérito de la V Circunscripción Judicial, de los consultados -siempre siguiendo el orden de mérito-, la postulante que se encuentra N° 5 en el listado, manifestó tener disponibilidad e interés para ingresar en la I Circusncripción Judicial.

 

MÉDICO/A INFANTO JUVENIL -CATEGORÍA  AJ3-

1.    Documentación excluyente a presentar:

1.1. Nota de inscripción, firmada, al cargo correspondiente (Modelos en formularios de inscripción)

1.2. Constitución de Domicilio legal en la ciudad de Neuquén. (Incluido en la nota)

1.3. Currículum Vitae, con firma y aclaración en cada página.

1.4. Documento Nacional de Identidad, fotocopia  certificada.

1.5. Certificado de Antecedentes Penales actualizado a la fecha de inscripción. (Vigencia del certificado: 30 días corridos desde su emisión)  https://bit.ly/2qxM4Ai; o Certificado de Antecedente Policiales (Ej. el Certificado de la Prov. Nqn. tiene una validez de 6 meses, desde el momento de emisión.) Este requisito no aplica para quienes actualmente desempeñen funciones en el Poder Judicial, Provincial o Nacional.

1.6.  Certificado Deudores Alimentarios Morosos, (Ley 2333 Art 2 Inc. b y 7) actualizado a la fecha de inscripción (http://w2.neuquen.gov.ar/component/content/article/3-informacion-de-interes-publico/7534-deudores-alimentarios-morosos) Este requisito no aplica para quienes actualmente desempeñen funciones en el Poder Judicial, Provincial o Nacional.

1.7. Constancia de Inscripción en la Matrícula, actualizada a la fecha de inscripción, deberá constar fecha de matriculación y si registra suspensiones o sanciones    éticas disciplinarias.

2.    Requisitos excluyentes a presentar:

2.1. Formación académica:

  • Título Universitario de médico con validez nacional con una antigüedad no inferior a cuatro (4) años.
  • Residencia médica completa (mayor o igual a 3 años) o concurrencia completa (5 años) con certificación en la especialidad de Pediatría.
  • 2.2. Experiencia laboral:
  • Cinco (5) años como mínimo de ejercicio profesional de la medicina, especialidad Pediatría.

3.    Requisitos Preferentes:

3.1. Formación académica complementaria:

$    ·        Especialidad en medicina legal otorgado por universidad con validez nacional.

$    ·        Formación complementaria en temática relativa a las ciencias Forenses (v.g. Pericias Médicas).

3.2. Experiencia Laboral complementaria

  • Dos (2) años como mínimo en actividades relacionadas a la actividad pericial clínica en consultorio y autopsias, desarrolladas en Poder Judicial o Policía.

4.    Documentación e Inscripción:

  • Excluyente: la solicitada en los apartados 1 y 2 del presente llamado, al momento de la inscripción.
  • Preferente: la solicitada en el apartado 3 del presente llamado, en la instancia oral ante el tribunal examinador.

Importante: Toda la documentación que presente a los efectos de ser valorada, deberá estar debidamente certificada, ante Juez de Paz o Escribano Público.

La documentación certificada por autoridad de otra provincia distinta a Neuquén, deberá contar con la debida Legalización; (en el caso de certificación de un Juez de Paz o Funcionario de algún Poder Judicial, por la Cámara de Apelaciones, o Superintendencia o por quien corresponda el trámite de Legalización de ese Poder Judicial), y (en caso de los Escribanos Públicos de otra provincia, por el Colegio de Escribanos de la provincia que corresponda).

La entrega de documentación debe realizarse personalmente por el interesado o por tercero autorizado por escrito, en la Dirección de Gestión Humana, sito en Juan B. Alberdi 52 - 2° Piso -Neuquén-  de Lunes a Viernes de 08:00 a 14:00hs. No se aceptan inscripciones por mail.

Los requisitos publicados en la página web, deberán ser cumplidos a la fecha de cierre de la inscripción. Quienes no acompañen la totalidad de la documentación requerida, no quedarán inscriptos y en condiciones de rendir el examen, bajo su exclusiva responsabilidad

La documentación presentada quedará a disposición de los postulantes por el plazo de 30 días, una vez resuelto el concurso. Cumplido dicho plazo se procederá a la destrucción de la misma.

 

  • Remuneración: La fijada por las leyes vigentes. Se hace saber que los cargos son sin vivienda ni compensación alguna por tal concepto.
  • La totalidad de las notificaciones a partir de la publicación del Llamado a Concurso, se realizarán a través de la página web del Poder Judicial – link concursos externos-, circunstancia que el postulante acepta –así como todo el proceso de selección.

El presente llamado a concurso se gestionará según lo dispuesto en el Reglamento para presentación en concursos para cargos de funcionarios (Acuerdos 3116, 3209, 3117, 3273, 3287, 3651, 3660, 3719, 3763, 3767, 3954) (Links)